El Director Ejecutivo del Colegio Colombiano de Odontólogos, en ejercicio de sus facultades estatutarias, especialmente las conferidas por los artículos 22.5.1.5 y 24.3.2 de los Estatutos, realiza la presente convocatoria.

El Director Ejecutivo del Colegio Colombiano de Odontólogos, en ejercicio de sus facultades estatutarias, especialmente las conferidas por los artículos 22.5.1.5 y 24.3.2 de los Estatutos, realiza la presente convocatoria.